Abogados laboralistas para trabajadores en Guadalajara
Si la empresa te ha despedido, te debe dinero, te ha cambiado las condiciones o el INSS te ha denegado una prestación, estamos de tu lado. Revisamos tu caso, tus plazos y tus opciones desde el primer día.
¿Qué te ha pasado?
Elige lo más parecido a tu situación. Si no lo encuentras, cuéntanoslo igualmente: llevamos cualquier conflicto laboral o de Seguridad Social.
Me han despedido
Disciplinario, objetivo, colectivo o verbal. Revisamos la carta y la indemnización y reclamamos la improcedencia o la nulidad.
Ver despidosIncapacidad permanente
Te han denegado la incapacidad, te han reconocido un grado inferior o quieres pedir una revisión por agravamiento.
Ver incapacidad permanenteBaja médica y alta
Alta médica que no compartes, prestaciones de incapacidad temporal, contingencia profesional o común y conflictos con la mutua.
Ver bajas y altasMe deben dinero
Nóminas impagadas, horas extraordinarias, finiquito incompleto, diferencias por convenio, pluses y complementos.
Ver salariosMe han cambiado las condiciones
Horario, turno, sueldo, funciones o traslado a otro centro. Si es una modificación sustancial, el plazo para impugnarla es corto.
Ver cambios de condicionesMi empresa ha anunciado un ERE o un ERTE
Te explicamos qué significa, qué puedes negociar y cuándo conviene impugnar la decisión, de forma individual o colectiva.
Ver EREMe han sancionado
Amonestaciones, suspensiones de empleo y sueldo y otras sanciones. Revisamos la falta, la graduación y los plazos.
Ver sancionesNecesito conciliar
Adaptación o reducción de jornada, permisos, excedencias y reingreso tras una excedencia.
Ver conciliaciónSufro acoso o discriminación
Acoso laboral o sexual, discriminación, vulneración de la intimidad o represalias por reclamar tus derechos.
Ver derechos fundamentalesHe tenido un accidente de trabajo
Reconocimiento del accidente o la enfermedad profesional, recargo de prestaciones e indemnización de daños.
Ver accidentesHago funciones de otra categoría
Reclamación de categoría y de las diferencias salariales por realizar funciones superiores.
Ver clasificación profesionalSoy representante de los trabajadores
Garantías, crédito horario, delegados sindicales y conflictos colectivos.
Ver representantesEl primer día cuenta
En los despidos y en los cambios de condiciones el plazo es de veinte días hábiles. No esperes a tener todos los papeles: llámanos y empezamos por revisar las fechas.
Despido
Art. 59.3 ET y art. 103.1 LRJS.Traslado o modificación sustancial
Art. 59.4 ET.Reclamación previa ante el INSS
Art. 71.2 LRJS, desde la notificación de la resolución.Información general. Cada caso tiene sus particularidades.
Qué hacer ahora
- Guarda todo lo que te haya entregado la empresa y apunta la fecha en que lo recibiste.
- Si firmas un recibí o un finiquito y no estás de acuerdo, añade «no conforme» junto a tu firma.
- Reúne el contrato, las últimas nóminas y el informe de vida laboral.
- No dejes pasar los días: los plazos laborales son cortos y algunos no se pueden recuperar.
Cómo trabajamos contigo
Nos cuentas el asunto
Por teléfono, correo o en el despacho. Lo primero que miramos es si hay algún plazo en marcha.
Revisamos tus papeles
Contrato, nóminas, comunicaciones y convenio. Te decimos con claridad qué opciones tienes y qué riesgos.
Presupuesto por escrito
Antes de empezar sabes cuánto cuesta y cómo se paga. Si conviene un acuerdo, lo buscamos.
Te defendemos
Conciliación, demanda, juicio y, si hace falta, recurso. Te mantenemos informado en cada paso.
Preguntas de trabajadores
¿Puedo reclamar si sigo trabajando en la empresa?
Sí. Puedes reclamar salarios, categoría, cambios de condiciones o la vulneración de tus derechos sin dejar tu puesto. Te explicamos cómo hacerlo y qué protección tienes frente a represalias.
¿Tengo que ir a conciliación antes de demandar?
En la mayoría de los casos, sí: el intento de conciliación o mediación previa es requisito para tramitar el proceso (art. 63 LRJS). En las prestaciones de Seguridad Social, en cambio, lo previo es la reclamación ante la entidad gestora (art. 71 LRJS).
¿Cuánto tarda un juicio laboral?
Depende del juzgado y del tipo de procedimiento. Al estudiar tu caso te damos una estimación realista y te explicamos si es posible llegar antes a un acuerdo.
¿Cuánto cuesta?
Antes de empezar te damos un presupuesto por escrito con los honorarios y la forma de pago. [PENDIENTE: condiciones de la primera consulta]
¿Qué documentos llevo a la primera consulta?
La carta o comunicación de la empresa, el contrato, las últimas nóminas, el informe de vida laboral y, si lo tienes, el finiquito. Si es un asunto de incapacidad, la resolución del INSS; los informes médicos te los pediremos después por un canal seguro.
Información general. No sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.