Abogados de accidentes de trabajo en Guadalajara
Reconocimiento del accidente o la enfermedad profesional, recargo de prestaciones e indemnización de daños y perjuicios. Especialmente relevante en logística e industria del Corredor del Henares.
Qué hacer ahora
- Pide que el accidente se comunique como accidente de trabajo y guarda el parte.
- Acude a la mutua o, si te derivan al médico de cabecera, explica que ocurrió en el trabajo.
- Anota testigos, fotografía el lugar si puedes y guarda mensajes relacionados.
- Conserva toda la documentación médica; te la pediremos por un canal seguro.
Qué se puede reclamar
Reconocimiento
Que la baja o la incapacidad se reconozcan como derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Recargo de prestaciones
Entre un 30 % y un 50 % más en las prestaciones si el accidente se debió a falta de medidas de seguridad (art. 164 LGSS). Lo paga la empresa.
Indemnización de daños
Reparación de los daños y perjuicios no cubiertos por las prestaciones, cuando hay responsabilidad de la empresa.
Si eres trabajador/a
Defendemos tus derechos tras un accidente
- Reclamamos la contingencia profesional si la han calificado como común.
- Solicitamos el recargo de prestaciones cuando faltaron medidas de seguridad.
- Calculamos y reclamamos la indemnización de daños.
- Coordinamos el asunto con una posible incapacidad permanente.
Si eres empresa
Prevención y defensa
- Te asesoramos en la investigación del accidente y la documentación preventiva.
- Te defendemos en los expedientes de recargo y en las reclamaciones de daños.
- Revisamos la actuación de la Inspección de Trabajo tras el accidente.
Del primer contacto a la solución
Nos cuentas el asunto
Por teléfono, correo o en el despacho. Lo primero que revisamos es si hay algún plazo en marcha.
Analizamos la documentación
Contratos, nóminas, comunicaciones y convenio aplicable. Te explicamos opciones y riesgos con claridad.
Buscamos la mejor salida
Negociación, conciliación o acuerdo cuando conviene. Presupuesto por escrito antes de empezar.
Defendemos en el juzgado
Si no hay acuerdo, preparamos la demanda o la defensa, acudimos a juicio y, si hace falta, al recurso.
Preguntas sobre accidentes de trabajo
¿Qué es un accidente de trabajo?
Toda lesión corporal que sufras con ocasión o por consecuencia del trabajo, incluidos, con matices, los accidentes in itinere al ir o volver del trabajo (art. 156 LGSS).
¿Qué es el recargo de prestaciones?
Un aumento de entre el 30 % y el 50 % de las prestaciones derivadas del accidente cuando se produjo por falta de medidas de seguridad. Lo paga directamente la empresa y no se puede asegurar (art. 164 LGSS).
¿Puedo reclamar una indemnización además de la prestación?
Sí, si hay responsabilidad de la empresa: la indemnización de daños y perjuicios es compatible con las prestaciones de la Seguridad Social, con las reglas de cálculo que fija la jurisprudencia.
¿Hay plazo?
Sí, y depende de la acción: un año para reclamar daños desde que se conocen sus consecuencias, y plazos propios para la contingencia o el recargo. Consúltanos pronto.
Información general. No sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.