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Abogados de accidentes de trabajo en Guadalajara

Reconocimiento del accidente o la enfermedad profesional, recargo de prestaciones e indemnización de daños y perjuicios. Especialmente relevante en logística e industria del Corredor del Henares.

Primera consulta en el despacho

Qué hacer ahora

  • Pide que el accidente se comunique como accidente de trabajo y guarda el parte.
  • Acude a la mutua o, si te derivan al médico de cabecera, explica que ocurrió en el trabajo.
  • Anota testigos, fotografía el lugar si puedes y guarda mensajes relacionados.
  • Conserva toda la documentación médica; te la pediremos por un canal seguro.
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Qué se puede reclamar

Reconocimiento

Que la baja o la incapacidad se reconozcan como derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Recargo de prestaciones

Entre un 30 % y un 50 % más en las prestaciones si el accidente se debió a falta de medidas de seguridad (art. 164 LGSS). Lo paga la empresa.

Indemnización de daños

Reparación de los daños y perjuicios no cubiertos por las prestaciones, cuando hay responsabilidad de la empresa.

Si eres trabajador/a

Defendemos tus derechos tras un accidente

  • Reclamamos la contingencia profesional si la han calificado como común.
  • Solicitamos el recargo de prestaciones cuando faltaron medidas de seguridad.
  • Calculamos y reclamamos la indemnización de daños.
  • Coordinamos el asunto con una posible incapacidad permanente.

Si eres empresa

Prevención y defensa

  • Te asesoramos en la investigación del accidente y la documentación preventiva.
  • Te defendemos en los expedientes de recargo y en las reclamaciones de daños.
  • Revisamos la actuación de la Inspección de Trabajo tras el accidente.

Del primer contacto a la solución

01

Nos cuentas el asunto

Por teléfono, correo o en el despacho. Lo primero que revisamos es si hay algún plazo en marcha.

02

Analizamos la documentación

Contratos, nóminas, comunicaciones y convenio aplicable. Te explicamos opciones y riesgos con claridad.

03

Buscamos la mejor salida

Negociación, conciliación o acuerdo cuando conviene. Presupuesto por escrito antes de empezar.

04

Defendemos en el juzgado

Si no hay acuerdo, preparamos la demanda o la defensa, acudimos a juicio y, si hace falta, al recurso.

Preguntas sobre accidentes de trabajo

¿Qué es un accidente de trabajo?

Toda lesión corporal que sufras con ocasión o por consecuencia del trabajo, incluidos, con matices, los accidentes in itinere al ir o volver del trabajo (art. 156 LGSS).

¿Qué es el recargo de prestaciones?

Un aumento de entre el 30 % y el 50 % de las prestaciones derivadas del accidente cuando se produjo por falta de medidas de seguridad. Lo paga directamente la empresa y no se puede asegurar (art. 164 LGSS).

¿Puedo reclamar una indemnización además de la prestación?

Sí, si hay responsabilidad de la empresa: la indemnización de daños y perjuicios es compatible con las prestaciones de la Seguridad Social, con las reglas de cálculo que fija la jurisprudencia.

¿Hay plazo?

Sí, y depende de la acción: un año para reclamar daños desde que se conocen sus consecuencias, y plazos propios para la contingencia o el recargo. Consúltanos pronto.