Reclamación de salarios y cantidades en Guadalajara
Nóminas impagadas, horas extraordinarias, finiquitos incompletos, diferencias por convenio, pluses y complementos. Revisamos tus nóminas y lo que te corresponde.
Tienes un año, pero cada mes cuenta
Cada nómina prescribe al año de su vencimiento: lo que no reclames a tiempo se pierde mes a mes.
Para reclamar salarios y otras cantidades
Art. 59.1 y 59.2 ET, desde que la acción pudo ejercitarse.De interés anual por mora en el pago del salario
Art. 29.3 ET.Información general. Cada caso tiene sus particularidades.
Qué hacer ahora
- Reúne tus nóminas, el contrato y el convenio colectivo aplicable.
- Anota las horas que trabajas de más y guarda cualquier registro de jornada.
- Si te entregan un finiquito, revisa vacaciones pendientes, pagas extra y conceptos de convenio antes de firmar.
- Si la empresa no paga por insolvencia, el FOGASA puede responder en ciertos casos (art. 33 ET).
Si eres trabajador/a
Reclamamos lo que te deben
- Comparamos tus nóminas con las tablas del convenio.
- Calculamos horas extraordinarias, pluses y diferencias.
- Revisamos el finiquito: vacaciones, pagas extra y conceptos pendientes.
- Reclamamos con conciliación y demanda, y ante el FOGASA si la empresa es insolvente.
Si eres empresa
Política salarial sin sorpresas
- Revisamos la aplicación del convenio y las tablas salariales.
- Te asesoramos en el registro de jornada y el control de horas extra.
- Calculamos finiquitos y liquidaciones.
- Te defendemos frente a reclamaciones de cantidad.
Del primer contacto a la solución
Nos cuentas el asunto
Por teléfono, correo o en el despacho. Lo primero que revisamos es si hay algún plazo en marcha.
Analizamos la documentación
Contratos, nóminas, comunicaciones y convenio aplicable. Te explicamos opciones y riesgos con claridad.
Buscamos la mejor salida
Negociación, conciliación o acuerdo cuando conviene. Presupuesto por escrito antes de empezar.
Defendemos en el juzgado
Si no hay acuerdo, preparamos la demanda o la defensa, acudimos a juicio y, si hace falta, al recurso.
Preguntas sobre salarios y cantidades
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar nóminas impagadas?
Un año desde que cada cantidad debió pagarse (art. 59.2 ET). Por eso conviene no esperar: los meses más antiguos se van perdiendo.
¿Debo firmar el finiquito?
Firmar el recibí no te obliga a estar de acuerdo. Si no estás conforme, añade «no conforme» junto a tu firma y consúltanos.
¿Puedo reclamar horas extra?
Sí, si puedes acreditarlas. El registro de jornada que la empresa está obligada a llevar (art. 34.9 ET) es una prueba importante.
La empresa ha cerrado y no me paga. ¿Qué hago?
El FOGASA puede abonar salarios e indemnizaciones pendientes por insolvencia de la empresa, con los límites del art. 33 ET. Te ayudamos con el procedimiento.
Información general. No sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.