Inspección de Trabajo en Guadalajara
Atención de requerimientos y visitas, alegaciones frente a actas de infracción y recursos contra las sanciones. Y, si eres trabajador, te ayudamos a presentar una denuncia bien fundada.
Frente a un acta, los plazos se cuentan en días hábiles
Para presentar alegaciones frente a un acta de infracción
Art. 17.1 RD 928/1998, desde la notificación del acta.Para el recurso de alzada contra la resolución sancionadora
Art. 122 Ley 39/2015.Información general. Cada caso tiene sus particularidades.
Qué hacer ahora
- Lee el requerimiento o la citación y apunta el plazo y la documentación que pide.
- Reúne la documentación: contratos, registro de jornada, nóminas, evaluaciones de riesgos.
- Consúltanos antes de responder o comparecer: una respuesta bien preparada puede evitar un acta.
- Si ya tienes un acta, no dejes pasar los quince días hábiles de alegaciones.
Si eres trabajador/a
Denuncias bien planteadas
- Valoramos si la vía adecuada es la denuncia ante la Inspección, la demanda o ambas.
- Redactamos la denuncia con los hechos y la documentación que la sostiene.
- Te explicamos qué puedes esperar del procedimiento y cómo se protege tu identidad.
Si eres empresa
Te acompañamos ante la Inspección
- Preparamos la documentación y la comparecencia.
- Redactamos alegaciones frente a actas de infracción y de liquidación.
- Recurrimos las resoluciones sancionadoras.
- Hacemos auditorías preventivas: registro de jornada, contratos, igualdad y prevención.
Del primer contacto a la solución
Nos cuentas el asunto
Por teléfono, correo o en el despacho. Lo primero que revisamos es si hay algún plazo en marcha.
Analizamos la documentación
Contratos, nóminas, comunicaciones y convenio aplicable. Te explicamos opciones y riesgos con claridad.
Buscamos la mejor salida
Negociación, conciliación o acuerdo cuando conviene. Presupuesto por escrito antes de empezar.
Defendemos en el juzgado
Si no hay acuerdo, preparamos la demanda o la defensa, acudimos a juicio y, si hace falta, al recurso.
Preguntas sobre inspección de trabajo
He recibido un requerimiento de la Inspección de Trabajo. ¿Qué hago?
Lee la fecha y el plazo que indica, reúne la documentación que pide y consúltanos antes de responder o de acudir a la comparecencia. Una respuesta bien preparada puede evitar un acta de infracción.
¿Qué plazo tengo para alegar frente a un acta?
Quince días hábiles desde su notificación (art. 17 RD 928/1998).
¿Qué normas regulan las sanciones?
La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS, RDLeg 5/2000) tipifica las infracciones y fija las cuantías.
Soy trabajador: ¿mi denuncia es anónima para la empresa?
La Inspección guarda confidencialidad sobre el origen de la denuncia. Te explicamos cómo funciona y qué alternativas tienes.
Información general. No sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.