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Asesoramiento a representantes y sindicatos

Comités de empresa, delegados de personal y secciones sindicales: garantías, crédito horario, procesos electorales, negociación y conflictos colectivos.

Primera consulta en el despacho

Qué hacer ahora

  • Conserva las actas de las reuniones y las comunicaciones con la empresa.
  • Pide por escrito la información a la que tenéis derecho (art. 64 ET).
  • Si os sancionan o despiden a un representante, consultad de inmediato.
  • Ante una medida colectiva, pedid asesoramiento antes de que se abra el periodo de consultas.
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Si eres trabajador/a

Al lado de la representación

  • Asesoramos en periodos de consultas: ERE, ERTE, modificaciones y traslados colectivos.
  • Defendemos las garantías de los representantes (art. 68 ET).
  • Planteamos conflictos colectivos e impugnaciones de convenio.
  • Acompañamos en procesos electorales y en su impugnación.

Si eres empresa

Relaciones laborales colectivas

  • Te asesoramos en la negociación con la representación.
  • Preparamos periodos de consultas y procesos de negociación.
  • Revisamos el cumplimiento de los derechos de información y consulta.

Del primer contacto a la solución

01

Nos cuentas el asunto

Por teléfono, correo o en el despacho. Lo primero que revisamos es si hay algún plazo en marcha.

02

Analizamos la documentación

Contratos, nóminas, comunicaciones y convenio aplicable. Te explicamos opciones y riesgos con claridad.

03

Buscamos la mejor salida

Negociación, conciliación o acuerdo cuando conviene. Presupuesto por escrito antes de empezar.

04

Defendemos en el juzgado

Si no hay acuerdo, preparamos la demanda o la defensa, acudimos a juicio y, si hace falta, al recurso.

Preguntas sobre representantes y sindicatos

¿Qué garantías tiene un representante de los trabajadores?

Entre otras, expediente contradictorio para sanciones graves y muy graves, prioridad de permanencia en caso de suspensión o extinción por causas económicas o tecnológicas, crédito de horas mensual y protección frente a represalias (art. 68 ET).

Si despiden a un representante, ¿quién elige entre readmisión e indemnización?

Si el despido se declara improcedente, la opción corresponde al representante (art. 56.4 ET).

¿Qué es un conflicto colectivo?

Un procedimiento para resolver controversias que afectan a un grupo genérico de trabajadores, por ejemplo sobre la interpretación del convenio (arts. 153 y siguientes LRJS).